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Disposiciones excepcionales para el otorgamiento de becas y créditos educativos

jcardenas961

Con la finalidad de contribuir a la celeridad de la realización de las nuevas convocatorias de la Beca de Continuidad de Estudios de Educación Superior y del Crédito Continuidad de Estudios, el gobierno ha publicado el Decreto Supremo Nº 013-2020-MINEDU.

Esta disposición busca lograr que los estudiantes de educación superior de universidades privadas, estudiantes de escuelas de educación superior o institutos tecnológicos y pedagógicos públicos o privados, estudiantes de pregrado, pertenecientes a los hogares más afectados por la situación de emergencia a consecuencia del brote del COVID-19, no interrumpan sus estudios debido a la reducción de la capacidad de pago de sus familias.


En ese sentido, la norma dispuso suspender, excepcionalmente, la exigibilidad del plazo para la no aceptación de becas especiales y la opinión colegiada del Comité Especial de Crédito Especial respecto de la procedencia o improcedencia de solicitudes de créditos educativos, ampliaciones y refinanciaciones que superen el equivalente a 02 (dos) Unidades Impositivas Tributarias; asímismo dispuso otorgar facultades al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC para la emisión de disposiciones complementarias respecto de las mencionadas convocatorias.

La norma fue publicada el primero de setiembre en el diario oficial El Peruano.

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