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Gobierno modifica niveles de alerta

Foto del escritor: RedacciónRedacción

El Gobierno ha publicado el Decreto Supremo 168-2021-PCM, a través del cual se dispone la modificación de niveles de alerta y la actualización de restricciones.

A continuación, detallamos los aspectos más relevantes de esta norma:

1. Se modifican los niveles de alerta y disposiciones de inmovilización social desde el 15/11/2021 hasta el 28/11/2021, de acuerdo con el siguiente detalle:

2. Se actualizan las restricciones focalizadas, desde el 15/11/2021 hasta el 28/11/2021, de acuerdo con el siguiente detalle:

1. Los establecimientos comerciales deben cerrar 1 hora antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción de los ubicados en la provincia de Lima del departamento de Lima y en la provincia constitucional del Callao, que deben cerrar al menos 2 horas antes

2. Los pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre mayores de 45 años, en los 4 niveles de alerta, solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de vacunación.

3. Los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes de 12 años a más, cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben acreditar haber completado la dosis de vacuna contra la COVID-19, 14 días antes de abordar en su punto de origen; en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de doce años sólo requieren estar asintomáticos para abordar. Las personas que muestran síntomas al ingresar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.

4. A partir del 15/12/2021, en los 4 niveles de alerta, los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado su vacunación contra la COVID-19, además de usar mascarilla de manera permanente. Para el caso de restaurantes o similares, las mascarillas pueden ser retiradas solo al momento de ingerir los alimentos.

5. A partir del 15/12/2021, toda empresa con más de 10 trabajadores solo podrá operar de manera presencial si todos sus trabajadores acreditan su dosis completa de vacunación.

6. A partir del 15/12/2021, los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de delivery sólo podrán operar si acreditan su dosis completa de vacunación.

En caso requiera asesoría para procedimientos de esta naturaleza, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: lsanabria@estudiosanabria.com.

En caso desee recibir nuestras alertas legales directamente en su celular puede ingresar al siguiente enlace: https://chat.whatsapp.com/Dw7XrmwdJ8i872LQHBdjXF.

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